De acuerdo con la información suministrada a DYN por fuentes judiciales, la resolución de la Corte que decreta que “no se ha extinguido por el transcurso del tiempo” la acción penal destinada a esclarecer el ataque circulaba anoche entre los ministros del tribunal para su firma. Según las fuentes, en el fallo, la Corte se limita a rechazar la prescripción del caso, por entender que hay diligencias en trámite que interrumpen los plazos que determinarían el cierre de la investigación. Uno de los elementos que habría tomado en cuenta el máximo tribunal es que continúan vigentes las órdenes de captura que pesan contra presuntos terroristas imputados por el atentado, el que, en realidad, no registra procesados.
PREOCUPACIÓN.
Familiares de las víctimas plantearon en mayo a la Corte su preocupación por el posible cierre de la investigación, ya que el 17 de marzo se cumplirán 15 años del ataque con explosivos que derrumbó la sede de la Embajada, en Arroyo y Suipacha de Capital Federal. En realidad, los familiares pidieron a la Corte que tipifique el atentado a la Embajada como un crimen de lesa humanidad, porque ese tipo de delitos no prescribe.
Sin embargo, el riesgo de dar luz verde a la propuesta de declarar que la voladura de la delegación diplomática constituyó un delito contra la humanidad sin, al mismo tiempo, responsabilizar por el ataque a un Estado, es que la Corte en ese caso iba a posibilitar, por analogía, la reapertura de los expedientes contra, por ejemplo, militantes de organizaciones guerrilleras que actuaron en los 70. Por eso, la Corte optó por el rechazo de los planteos de prescripción de la causa por el atentado, pero no accedió al reclamo de los deudos de las víctimas, aseguraron las fuentes.