El Ente Nacional de Comunicaciones, ENACOM, avanza con la entrega de tablets a distintos beneficiarios de ANSES en el marco del programa Conectando con Vos, destinadas a promover la participación e integración social de los sectores sociales en situación de mayor vulnerabilidad social y económica y mejorar la conectividad. 

En esta oportunidad, es importante dejar claro que la solicitud de los dispositivos tecnológicos no se realiza por medio de la Anses, sino que es ENACOM quien se encarga de la distribución en zonas específicas.

Tal como se explica en el sitio web oficial del Gobierno, el Programa Conectando con vos se realizará en etapas sucesivas.

Los dispositivos del Programa Conectando con vos se entregarán mediante convenios con el Ministerio de Educación de la Nación, las jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y otras entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares para fortalecer los resultados del Programa.

El Ministerio de Educación de la Nación implementará el Programa Conectando con vos para los beneficiarios y beneficiarias del Programa Conectar Igualdad.

ENACOM destinará 140.000 dispositivos. Se puede ampliar esta cantidad hasta un 35% según el desarrollo del Programa Conectando con vos.

El Ministerio, la gobernación, el municipio y la organización se obligan a recibir las tablets, guardarlas y entregar las tablets a los beneficiarios del Programa Conectando con vos o dejar que los beneficiarios usen las tablets; y se obligan a capacitar en el uso de la tablet a los beneficiarios del Programa Conectando con vos.

Qué beneficiarios de ANSES pueden solicitar Conectando con Vos

  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE)
  • Jubilados de ANSES
  • Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios
  • Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Quienes reciben una beca del programa Progresar.

Quiénes pueden acceder al plan Conectando con Vos

  • Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, sus hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, y también sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría que tengan un ingreso anual mensualizado que no supere 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Usuarios y usuarias que reciban seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años.
  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme la Ley 27.098.
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados conforme la Ley 25.054;
  • Entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC);
  • Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto 459/2010 y sus modificatorios;
  • Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/2017.