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Al momento de renovar la licencia de conducir, cientos de automovilistas mendocinos descubren sorpresivamente que el trámite queda trabado por multas interjurisdiccionales -en su mayoría fotomultas labradas fuera de la provincia-de las cuales nunca fueron notificados y que carecen de sentencia firme.

Por ello, el diputado provincial Gustavo Cairo (acompañado por el legislador Ismael Jadur) presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de la Legislatura que prohíbe taxativamente que las deudas registradas en el Centro Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT) impidan la renovación del carnet de conducir.

En los fundamentos de la iniciativa, los autores explican que el problema radica en el diseño del sistema informático y en las boletas de pago actuales, las cuales unifican en un mismo cobro el canon obligatorio del CENAT (cuyo costo roza los 10 mil pesos) con el saldo de las infracciones cometidas en otros distritos del país.

“Hasta el momento, en la práctica, es obligatorio pagar esas multas, aunque no estén firmes y ni siquiera notificadas, para poder proseguir el trámite”, advierte el escrito. Esta modalidad obliga a los ciudadanos que acuden a los centros emisores a abonar sumas imprevistas bajo la presión de no quedarse sin su registro para circular.

“Esto resulta injusto, porque las personas piden turno y muchas veces permiso en su trabajo y se encuentran al momento del trámite, sin ningún aviso previo, con la obligación de pagar una fotomulta, muchas veces de dudosa procedencia. Esto constituye un mecanismo compulsivo, injusto y de dudosa legalidad”, remarca el proyecto.

Incluso, señalan casos de mendocinos a los que les han figurado actas de vehículos que jamás les pertenecieron o por trayectos en los que nunca transitaron.

Qué propone la modificación a la Ley de Tránsito

La propuesta legislativa de los diputados petristas busca reformar el artículo 21 de la Ley de Tránsito Provincial N° 9024 para adecuar la normativa mendocina a los criterios de “desregulación” que se impulsan a nivel nacional.

De concretarse la sanción, el artículo incorporará un párrafo que establece expresamente: “La existencia de multas de tránsito interjurisdiccionales registradas en el CENAT no bloqueará la prosecución del trámite de renovación de la Licencia de Conducir, debiendo los centros emisores de las mismas adecuar sus sistemas informáticos y boletas de pago a tal efecto”.

El sistema del CENAT es provisto por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). En la actualidad, la plataforma emite una boleta unificada de cobro. Para que Mendoza pueda efectivizar la norma sin paralizar el sistema, la Nación debe habilitar técnicamente el desdoblamiento de la boleta (o los centros emisores locales deben adaptar sus sistemas para procesar solo el pago del canon obligatorio, tal como pide el artículo 1 del proyecto).

De esta forma, los centros de emisión municipales deberán desdoblar el cobro, permitiendo abonar únicamente el canon administrativo del CENAT para obtener el carnet. En tanto, las acreencias reclamadas por municipios o provincias vecinas deberán seguir el trámite judicial correspondiente en sus respectivas jurisdicciones para verificar su validez y exigibilidad.

El proyecto